Cumplimentación registro de rectificaciones
(POSICIONES, NATURALEZA Y DESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS)
POSIC. NATURALEZA DESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
1 Numérico TIPO DE REGISTRO
Numérico de una posición
Constante "2" (Dos)
2-4 Numérico MODELO DECLARACIÓN
Numérico de 3 posiciones
Constante "349"
5-8 Numérico EJERCICIO
Numérico de 4 posiciones
Consignar lo contenido en estas mismas posiciones del registro de tipo 1.
9-17 Alfanumérico NIF DEL DECLARANTE
Alfanumérico de 9 posiciones
Consignar lo contenido en estas mismas posiciones del registro de tipo 1.
18-75 Alfanumérico BLANCOS
76-92 Alfanumérico NIF OPERADOR COMUNITARIO
Alfanumérico de 17 posiciones
Se compone de los subcampos:
76-77 Código país
Alfabético de 2 posiciones
Se compone de las dos primeras letras identificativas del Estado miembro de la UE.
78-92 Número
Alfanumérico de 15 posiciones
Campo alfanumérico, que se ajustará a la izquierda y se rellenará con blancos a la derecha en los casos en que dicho número tenga menos de 15 posiciones.
Composición del NIF comunitario de los distintos Estados miembros:
A partir del 1 de mayo de 2004, con la incorporación de nuevos países a la Unión Europea, debe tenerse en cuenta la composición del NIF aplicable en cada uno de dichos países, a efectos de la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, modelo 349.
País Código país Número
Alemania DE 9 caracteres numéricos
Austria AT 9 caracteres alfanuméricos
Bélgica BE 10 caracteres numéricos
Bulgaria BG 9 o 10 caracteres numéricos
Chipre CY 9 caracteres alfanuméricos
Croacia HR 11 caracteres numéricos
Dinamarca DK 8 caracteres numéricos
Eslovenia SI 8 caracteres numéricos
Estonia EE 9 caracteres numéricos
Finlandia FI 8 caracteres numéricos
Francia FR 11 caracteres alfanuméricos
Grecia EL 9 caracteres numéricos
Gran Bretaña GB 5, 9 o 12 caracteres alfanuméricos
Holanda NL 12 caracteres alfanuméricos
Hungría HU 8 caracteres numéricos
Italia IT 11 caracteres numéricos
Irlanda IE 8 o 9 caracteres alfanuméricos
Letonia LV 11 caracteres numéricos
Lituania LT 9 o 12 caracteres numéricos
Luxemburgo LU 8 caracteres numéricos
Malta MT 8 caracteres numéricos
Polonia PL 10 caracteres numéricos
Portugal PT 9 caracteres numéricos
República Checa CZ 8, 9 o 10 caracteres numéricos
República Eslovaca SK 10 caracteres numéricos
Rumanía RO de 2 a 10 caracteres numéricos
Suecia SE 12 caracteres numéricos
93-132 Alfanumérico APELLIDOS Y NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL OPERADOR INTRACOMUNITARIO
Alfanumérico de 40 posiciones
Se cumplimentará con el mismo criterio que el especificado para el declarante en el registro de tipo 1.
133 Alfabético CLAVE DE OPERACIÓN
Alfabético de una posición
Se consignará la que corresponda según la siguiente relación:
E Rectificaciones a las entregas intracomunitarias exentas.
A Rectificaciones a las adquisiciones intracomunitarias sujetas.
T Rectificaciones a las entregas en otros Estados miembros subsiguientes a adquisiciones intracomunitarias exentas en el marco de operaciones triangulares. Cuando se realice alguna entrega de bienes de las mencionadas en el artículo 79, apartado 5º del Reglamento del IVA.
Estas operaciones, cuando sean efectuadas para un destinatario para el cual se hayan realizado entregas intracomunitarias, se consignarán en un registro independiente de aquél en que se hayan consignado estas últimas operaciones.
S Rectificaciones a las prestaciones intracomunitarias de servicios realizadas por el sujeto pasivo declarante.
I Rectificaciones a las adquisiciones intracomunitarias de servicios localizadas en el territorio de aplicación del Impuesto prestadas por empresarios o profesionales establecidos en otros Estados miembros cuyo destinatario es el declarante.
M Rectificaciones a las entregas intracomunitarias de bienes posteriores a una importación exenta, de acuerdo con el artículo 27.12º de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido. (Sólo para operaciones realizadas a partir del 1 de julio de 2011).
H Rectificaciones a las entregas intracomunitarias de bienes posteriores a una importación exenta, de acuerdo con el artículo 27.12º de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, efectuadas por el representante fiscal según lo previsto en el artículo 86.Tres de la Ley del Impuesto. (Sólo para operaciones realizadas a partir del 1 de julio de 2011).
134-146 ---------------- BLANCOS
147-178 Alfanumérico RECTIFICACIONES
Estos campos se cumplimentarán cuando se hayan producido circunstancias que supongan errores o rectificaciones de las bases consignadas en declaraciones anteriores. La rectificación se incluirá en el periodo en que se hubiera notificado tal modificación al destinatario de los bienes. Por tanto este campo se rellenará únicamente si la operación que se consigna es una rectificación a una entrega, adquisición intracomunitaria, operación triangular, prestación intracomunitaria de servicios o adquisición intracomunitaria de servicios.
Se compone de los siguientes subcampos:
147-150 Ejercicio
Numérico de 4 posiciones
Las cuatro cifras del ejercicio fiscal al que corresponde la declaración que se corrige.
151-152 Periodo
Alfanumérico de 2 posiciones
Periodo al que corresponde la declaración que se corrige, codificado con las siguientes claves:
"01" - Enero
"02" - Febrero
"03" - Marzo
"04" - Abril
"05" - Mayo
"06" - Junio
"07" - Julio
"08" - Agosto
"09" - Septiembre
"10" - Octubre
"11" - Noviembre
"12" - Diciembre
"1T" - Primer trimestre
"2T" - Segundo trimestre
"3T" - Tercer trimestre
"4T" - Cuarto trimestre
"0A" (cero A) - Periodicidad anual
153-165 Base imponible rectificada
Numérico de 13 posiciones
Se consignará el nuevo importe total de la Base Imponible de las entregas intracomunitarias exentas, si se ha consignado clave de operación E, de las adquisiciones intracomunitarias sujetas, si se ha consignado clave de operación A, de las entregas en otros Estados miembros subsiguientes a adquisiciones intracomunitarias exentas en el marco de operaciones triangulares, si se ha consignado clave de operación T, de las prestaciones intracomunitarias de servicios realizadas si se ha consignado clave de operación S, del conjunto de adquisiciones intracomunitarias de servicios si se ha consignado clave de operación I, del conjunto de entregas intracomunitarias de bienes posteriores a una importación exenta, de acuerdo con el artículo 27.12º de la LIVA, si se ha consignado clave de operación M y del conjunto de entregas intracomunitarias de bienes posteriores a una importación exenta, de acuerdo con el artículo 27.12º realizadas por el representante fiscal en nombre y por cuenta del importador, si se ha consignado clave de operación H, que corresponda al operador intracomunitario y al periodo indicado, una vez modificado el importe de la Base imponible de la operación que se desea rectificar. Por lo tanto, si en un mismo periodo se han realizado varias operaciones con un operador intracomunitario y en una o varias de ellas se quiere rectificar la base imponible que se declaró, se acumularán en un único registro, por clave de operación y periodo, el total de bases imponibles de todas las operaciones una vez rectificadas las bases imponibles que correspondan.
Los importes deben consignarse en EUROS.
Este campo se subdivide en dos:
153-163 Parte entera del importe de la base imponible rectificada, si no tiene contenido se consignará a ceros.
164-165 Parte decimal del importe de la base imponible rectificada, si no tiene contenido se consignará a ceros.
166-178 Base imponible declarada anteriormente
Numérico de 13 posiciones
Importe de la Base imponible de la operación que se consignó en la declaración que se corrige.
Los importes deben consignarse en EUROS.
Este campo se subdivide en dos:
166-176 Parte entera del importe de la base imponible declarada anteriormente, si no tiene contenido se consignará a ceros.
177-178 Parte decimal del importe de la base imponible declarada anteriormente, si no tiene contenido se consignará a ceros.
179-500 ---------------- BLANCOS
* Todos los importes serán positivos.
* Los campos numéricos que no tengan contenido se rellenarán a ceros.
* Los campos alfanuméricos/alfabéticos que no tengan contenido se rellenarán a blancos.
* Todos los campos numéricos ajustados a la derecha y rellenos de ceros por la izquierda.
* Todos los campos alfanuméricos/alfabéticos ajustados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, excepto que se especifique lo contrario en la descripción del campo.