(POSICIONES, NATURALEZA Y DESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS)
POSIC. NATURALEZA DESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS
1 Numérico TIPO DE REGISTRO
2-4 Numérico MODELO DECLARACIÓN
Constante "349"
5-8 Numérico EJERCICIO
Las cuatro cifras del ejercicio fiscal al que corresponde la declaración
9-17 Alfanumérico NIF DEL DECLARANTE
Se consignará el NIF del declarante.
Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control y rellenando con ceros las posiciones de la izquierda, de acuerdo con las reglas previstas en el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real decreto 1065/2007, de 27 de julio (BOE del 5 de septiembre).
18-57 Alfanumérico APELLIDOS Y NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL DECLARANTE
En ningún caso podrá figurar en este campo un nombre comercial.
58 Alfabético TIPO DE SOPORTE
"C": Si la información se presenta en DVD-R o DVD+R
59-107 Alfanumérico PERSONA CON QUIÉN RELACIONARSE
Datos de la persona con quién relacionarse, este campo se subdivide en dos:
59-67 TELÉFONO: Campo numérico de 9 posiciones.
Teléfono
108-120 Numérico NÚMERO IDENTIFICATIVO DE LA DECLARACIÓN
Se consignará el número identificativo correspondiente a la declaración.
Campo de contenido numérico de 13 posiciones.
121-122 Alfabético DECLARACIÓN COMPLEMENTARIA O SUSTITUTIVA
La presentación de una declaración complementaria que tenga por objeto la modificación del contenido de datos declarados en otra declaración del mismo ejercicio del mismo ejercicio y período presentada anteriormente se realizará desde el servicio de consulta y modificación de declaraciones informativas en la Oficina Virtual de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es)
123-135 Numérico NÚMERO IDENTIFICATIVO DE LA DECLARACIÓN ANTERIOR
En cualquier otro caso deberá rellenarse a CEROS.
136-137 Alfanumérico PERIODO
Se hará constar el periodo al que corresponda la declaración.
Se consignará el que corresponda según la siguiente relación de claves:
"01" - Enero
"02" - Febrero
"03" - Marzo
"04" - Abril
"05" - Mayo
"06" - Junio
"07" - Julio
"08" - Agosto
"09" - Septiembre
"10" - Octubre
"11" - Noviembre
"12" - Diciembre
"1T" - Primer trimestre
"2T" - Segundo trimestre
"3T" - Tercer trimestre
"4T" - Cuarto trimestre
"0A" (cero A) - Periodicidad anual
138-146 Numérico NÚMERO TOTAL DE OPERADORES INTRACOMUNITARIOS
(Número de registros de operador intracomunitario (registro de tipo 2) con clave de operación, posición 133, igual a "E", "T", "A", "S", "I", "M" o "H".
147-161 Numérico IMPORTE DE LAS OPERACIONES INTRACOMUNITARIAS
(Suma de Bases Imponibles, posiciones 134-146, de los registros de operador intracomunitario (registro de tipo 2) y clave de operación, posición 133, igual a "E", "T", "A", "S", "I", "M" o "H".
Los importes deben consignarse en EUROS.
Este campo se subdivide en dos:
147-159 Parte entera del importe de las operaciones intracomunitarias, si no tiene contenido se consignará a ceros.
160-161 Parte decimal del importe de las operaciones intracomunitarias, si no tiene contenido se consignará a ceros.
162-170 Alfanumérico NÚMERO TOTAL DE OPERADORES INTRACOMUNITARIOS CON RECTIFICACIONES
Deberá consignar el número total de registros de rectificaciones de entregas intracomunitarias exentas, de entregas en otros Estados miembros subsiguientes a adquisiciones intracomunitarias exentas en el marco de operaciones triangulares, de adquisiciones intracomunitarias sujetas, prestaciones intracomunitarias de servicios o adquisiciones intracomunitarias de servicios declarados en el soporte para este declarante que figuren en el registro de rectificaciones (registro de tipo 2).
(Número de registros de rectificaciones (registro de tipo 2) con clave de operación, posición 133, igual a "E", "T", "A", "S", "I", "M" o "H".
171-185 Numérico IMPORTE DE LAS RECTIFICACIONES
Numérico de 15 posiciones.
Deberá consignar la suma total de las bases imponibles rectificadas que correspondan a las entregas intracomunitarias exentas, entregas en otros Estados miembros, subsiguientes a adquisiciones intracomunitarias exentas en el marco de operaciones triangulares, a adquisiciones intracomunitarias sujetas, a prestaciones intracomunitarias de servicios o a adquisiciones intracomunitarias de servicios, efectuadas por la totalidad de sujetos pasivos mencionados en el apartado anterior.
(Suma de Bases Imponibles Rectificadas, posiciones 153-165, de los registros de rectificaciones (registro de tipo 2) y clave de operación, posición 133, igual a "E", "T", "A", "S", "I", "M" o "H".
Los importes deben consignarse en EUROS.
Este campo se subdivide en dos:
171-183 Parte entera del importe de las bases imponibles rectificadas, si no tiene contenido se consignará a ceros.
184-185 Parte decimal del importe de las bases imponibles rectificadas, si no tiene contenido se consignará a ceros.
186 Alfabético INDICADOR CAMBIO PERIODICIDAD EN LA OBLIGACIÓN DE DECLARAR
En caso de que el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicio superen los 50.000 euros en el segundo mes de cada trimestre (Febrero, Mayo, Agosto, Noviembre) deberá presentarse una declaración mensual por ese período en la que se incluirán las operaciones correspondientes a ese mes (segundo mes del trimestre) y al anterior (primer mes del trimestre)
Se consignará el valor que corresponda según la siguiente relación:
X:. Si se corresponde con una declaración mensual con operaciones correspondientes a los dos primeros meses del trimestre
Blanco: En cualquier otro caso.
187-390 -------------- BLANCOS
391-399 Alfanumérico NIF DEL REPRESENTANTE LEGAL
En cualquier otro caso el contenido de este campo se rellenará a espacios.
400-487 -------------- BLANCOS
488-500 Alfanumérico SELLO ELECTRÓNICO
Campo reservado para el sello electrónico, que será cumplimentado exclusivamente por los programas de la AEAT. En cualquier otro caso, se rellenará a blancos.
* Todos los importes serán positivos.
* Los campos numéricos que no tengan contenido se rellenarán a ceros.
* Los campos alfanuméricos/alfabéticos que no tengan contenido se rellenarán a blancos.
* Todos los campos numéricos ajustados a la derecha y rellenos de ceros por la izquierda.
* Todos los campos alfanuméricos/alfabéticos ajustados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, excepto que se especifique lo contrario en la descripción del campo.