RENDIMIENTOS DEL CAPITAL MOBILIARIO

RENDIMIENTOS DEL CAPITAL MOBILIARIO

  • 021 Intereses de cuentas y depósitos y de activos financieros en general
    Incluye cualquier tipo de contraprestación derivada de cuentas y depósitos en toda clase de instituciones financieras.
  • 022 Intereses de activos financieros con derecho a bonificación (disposición transitoria 11ª de la Ley del Impuesto sobre Sociedades)
    Incluye los intereses de activos financieros que todavía gozan de la bonificación del 95 por 100 del antiguo Impuesto sobre las Rentas del Capital.
  • 023 Dividendos y demás rendimientos por la participación en fondos propios de entidades
    Incluye los rendimientos obtenidos por la participación en los fondos propios de cualquier tipo de entidad.
  • 024 Rendimientos derivados de la transmisión o amortización de Letras del Tesoro
    Incluye los rendimientos obtenidos como consecuencia de la transmisión o reembolso de Letras del Tesoro.
  • 025 Rendimientos derivados de la transmisión, amortización o reembolso de otros activos financieros
    Incluye los derivados de la transmisión, reembolso, amortización, canje o conversión de cualquier clase de activos representativos de la captación y utilización de capitales ajenos (obligaciones, bonos, letras, pagarés, cédulas hipotecarias, etc.).
  • 026 Rendimientos derivados de contratos de seguro de vida o invalidez y de operaciones de capitalización
    Incluye los rendimientos dinerarios o en especie procedentes de contratos de seguro de vida o invalidez y de operaciones de capitalización basadas en técnica actuarial, excepto cuando deban tributar como rendimientos del trabajo.
  • 027 Otros rendimientos del capital mobiliario
    Valor de cualquier otro rendimiento de capital mobiliario no incluido en los apartados anteriores.
  • 028 Ingresos íntegros
    Suma de los valores consignados en las casillas 21 a 27; corresponde con el valor total de las contraprestaciones, cualquiera que sea su denominación o naturaleza, dinerarias o en especie, que provengan, directa o indirectamente, de elementos patrimoniales, bienes o derechos, de naturaleza mobiliaria, cuya titularidad corresponda al contribuyente y no se hallen afectos a actividades económicas realizadas por el mismo.
  • 031 Gastos deducibles
    Incluye los gastos de administración y depósito de valores negociables asi como los otros gastos fiscalmente deducibles.

    - Se consideran como gastos de administración y depósito aquellos importes que repercutan las empresas de servicios de inversión, entidades de crédito u otras entidades financieras que, de acuerdo con la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, tengan por finalidad retribuir la prestación derivada de la realización por cuenta de sus titulares del servicio de depósito de valores representados en forma de títulos o de la administración de valores representados en anotaciones en cuenta.

    - Se consideran como otros gastos fiscalmente deducibles exclusivamente en caso de rendimientos derivados de la prestación de asistencia técnica, del arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas o de subarrendamientos, todos los gastos necesarios para su obtención y, en su caso, el importe del deterioro sufrido por los bienes o derechos de que los ingresos procedan.

  • 032 Rendimiento neto
    El rendimiento neto es el resultado de minorar de los rendimientos íntegros exclusivamente los gastos deducibles contenidos en la partida 031.
  • 033 Reducciones (Art. 24.2 y 94 bis de la Ley del Impuesto)
    Incluye las reducciones que resulten de aplicación en determinados supuestos, entre los que cabe citar la obtención de rendimientos en forma notoriamente irregular y los rendimientos percibidos en forma de capital de contratos de seguro.
  • 034 Reducciones de los rendimientos derivados de determinados contratos de seguro
    Incluye la reducción establecida en la normativa del Impuesto sobre la Renta correspondiente a la parte de prestaciones de seguro cuyas primas hayan sido satisfechas con anterioridad a 31 de diciembre de 1994.
  • 035 Rendimiento neto reducido
    El rendimiento neto reducido será el resultado de minorar del rendimiento neto las ‘reducciones de los artículos 24.2 y 94 bis de la ley 40/1998 y las reducciones de los rendimientos derivados de determinados contratos de seguro'.



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