Últimas estadísticas publicadas de Comercio Exterior, correspondientes al mes de octubre de 2017.
Se ha solucionado el problema detectado en las declaraciones de importación con destino final referido a la exención de derechos antidumping (medida TARIC 464-REU) que impedía el alta de estas declaraciones en la aplicación gestora de destino final.
A partir de mañana 13-12-2017 a las 08:00, el sistema funcionará correctamente siempre que se incluya la correspondiente autorización de destino final en la casilla 44 con el código D019 tal y como establece la medida
TARIC.
Se recuerda que el código de reducción que debe declararse en la casilla 36 para estos casos es el 00.
Una declaración completa de dúa de importación puede quedarse en el estado de PreDeclaracion Completa por uno de estos motivos (solo por XML):
a) al no declararse la Cas. 40.
b) al declarar en la Cas. 40 una declaración sumaria que está pendiente de activarse.
En este estado de PreDeclaracion Completa se permite modificarla telemáticamente por XML.
En la respuesta no se dará el circuito, aunque si otros datos como por ejemplo certificados no aduaneros necesarios.
Podrá pasar a Declaración completa cuando:
1.- Modificación de una PreDeclaración Completa:
a) Se declare la Cas. 40 y no sea una sumaria.
En este momento el operador recibirá la respuesta completa (circuito,liquidación...) al convertirse en una Declaración Completa (dúa).
b) Se declare la Cas. 40 con una sumaria y ésta se encuentre activa.
En este momento el operador recibirá la respuesta completa (circuito, liquidación...) al convertirse en una Declaración Completa (dúa).
2.- Cuando se active la declaración sumaria.
La respuesta al convertirse en Declaración Completa la recibe en diferido.
En este caso se responderá al operador por medio de la Bandeja de Entrada. Podrá conocer qué ha ocurrido al activarse la sumaria (posibles errores o bien su paso a Declaracion Completa).
También recibirá un correo electrónico.
Nota: En la SEDE de la AEAT el operador podrá conocer el estado en el que se encuentra una PreDeclaración / Declaración Completa pulsando el enlace "Detalle Activación PreDeclaración Completa" si en algún momento fue PreDeclaración Completa
Desde el día 27-11-2017 se puede realizar pruebas en el entorno de PREproduccion del nuevo mensaje XML para la complementacion de los duas a los que faltaba documentos en el momento de su registro en la AEAT de acuerdo a lo previsto en el artículo 147 del Reglamento Delegado 2015/2446 por el que se complementa el Reglamento (UE) nº 952/2013 y apartado 2.4 de la Resolución del DUA de 25 de agosto de 2017.
A partir del 11-12-2017 se podrá realizar en PROducción.
Se publica la versión 1.3 de la Guía XML de mensajes de información entre el operador y la Aduana del dúa de importación detallando este servicio.
Este servicio permite aportar en la casilla 44 los documentos justificativos que le faltan a una o varias declaraciones con procedimiento tipo B o Z y Levante. Para ello, se tendrá que contar con autorización de declaración simplificada de uso habitual previsto en el artículo 166.2 del CAU
Se especificará los documentos a aportar y los MRN o MRN-Partidas a complementar.
Para admitir el procedimiento será necesario que para todos los MRN´s indicados sean aportados todos los documentos justificativos que les faltan ya que sólo es posible presentar una declaración complementaria por declaración simplificada. Asimismo, en el supuesto de simplificación de inscripción en los registros, sólo es posible una comunicación de contar con la totalidad de los documentos justificativos por declaración previa.
Este mensaje está sujeto a control por la aduana: se puede dar circuito verde, conforme, o naranja si deben presentarse los documentos correspondientes en la Aduana. En este último caso, se podrá anexar y solicitar despacho en SEDE.
Como complemento de la noticia publicada el día 16-11-17 Dúa de importación. Nueva validación para los certificados 1310, N003 declarados en la Cas. 44.
Últimas estadísticas publicadas de Comercio Exterior, correspondientes al mes de septiembre de 2017.
Para los documentos 1310, N003 cuya referencia empiece por ES se exigirá, a partir del día 22-11-2017, que su longitud sea de 16 caracteres.
En consecuencia, la referencia para los documentos 1310, N003 deberá contemplar tanto el número de certificado (14 de longitud) como el número de línea (2 de longitud).
El texto del error será el siguiente: "El formato del documento N003/1310 no es válido: debe declarar el número del certificado y número de línea."
Los certificados expedidos en España deben ir precedidos por ES y sin anteponer cualquier otro carácter (por ejemplo: -, *, ., u otro cualquiera).
A partir del día 15 de noviembre de 2017, entrarán en funcionamiento las siguientes novedades referidas a los códigos 9DU y 9VA declarables en la Cas. 37.2 del dúa de importación.
En la novedad publicada el día 06-04-2017, se ponía en conocimiento la publicación de la guía XML referente a Servicios Web de intercambio de información entre los Operadores y la Aduana sobre el dúa de importación. A partir de esa fecha ya se podían enviar declaraciones a la Aduana por mensajes XML.
Esta nueva guía entrará en funcionamiento el 18 04 2018 de forma obligatoria. Ello implicará que la guía actual de EDIFACT deje de utilizarse a partir de ese día.
Últimas estadísticas publicadas de Comercio Exterior, correspondientes al mes de agosto de 2017.
Últimas estadísticas publicadas de Comercio Exterior, correspondientes al mes de julio de 2017.
Se ha publicado nota informativa conjunta de la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones y el Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales relativa a origen.
Se ha publicado la nueva documentación relativa a la Ventanilla Única Aduanera, donde se detalla su funcionamiento con los diferentes tipos de declaraciones, escenarios y de dónde se puede obtener documentación de referencia.
Se ha añadido una nueva acción llamada "Agregar Anexos" en el detalle de las declaraciones de Bajo Valor de la Sede Electrónica, para que el declarante pueda añadir anexos directamente a una declaración que esté en estado Pendiente de Despacho. Además, puede solicitar el despacho de la declaración una vez añadidos dichos anexos, mediante la acción "Fin de Anexar".
Los anexos se pueden añadir tanto en declaraciones de Bajo Valor que van a ser despachadas por la Agencia Tributaria Canaria, como por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, ya que dichos anexos son visibles desde ambas Administraciones.
En la consulta de las declaraciones de Bajo Valor, se ha añadido una nueva columna llamada "Escaneo". Dicha columna muestra "Solicitado Despacho" para indicar que se ha solicitado el despacho con los anexos añadidos a través de esta nueva acción. Y muestra "Anexos rechazados", para que el declarante conozca que los anexos han sido rechazados por el actuario del despacho y debe aportar nuevos documentos para que pueda ser despachada la declaración.
Últimas estadísticas publicadas de Comercio Exterior, correspondientes al mes de junio de 2017.
Se ha adaptado la aplicación informática de "Garantías de Tránsito" a las exigencias del Código Aduanero de la Unión, de tal forma que para poder obtener una garantía de tránsito global nueva, será necesario que se haya concedido la autorización de garantía global correspondiente.
Además, hay mejoras en la consulta de "Garantías de Tránsito" en la Sede electrónica, y la posibilidad de exportación a fichero local de la consulta de movimientos de una garantía global.
El 29-06-17 se publicó la noticia sobre "Modificación de la guia de DVD para contemplar el tipo de procedimiento "B" - declaración simplificada", en la que se comunicaba que a finales de Julio se publicaría la guia del servicio web que permitirá complementar dichos DVD.
Por ello:
1.- Se publica la guia del servicio web donde se describe cómo se debe complementar un DVD simplificado.
(7. Servicio web de complementacion de un DVD simplificado - XML)
2.- La guia edifact para poder declarar DVD simplificados ya está publicada con la versión V4.1.
3.- Calendario:
Desde el 24-07-2017:
1.- Se podrá probar en PREproduccion, la complementación de DVD simplificados utilizando el nuevo servicio web.
2.- El nuevo valor ("B") en el DVD, Cas. 1.2 del mensaje de EDIFACT, solo se puede probar en PREproduccion.
Desde el 19 09 2017:
Se podrá realizar en el entorno de PROducción: declarar DVD simplificados por edifact y su complementación por el nuevo servicio web.
Últimas estadísticas publicadas de Comercio Exterior, correspondientes al mes de mayo de 2017.
Se permitirá declarar como tipo de procedimiento, Cas. 1.2, el valor “B”, que indicará que se trata de una declaración simplificada a complementar con posterioridad al despacho.
Esta complementación se realizará con un nuevo servicio web que se publicará antes de final de julio.
Los datos que se podrán complementar por este servicio web serán: Cas.31 (unidad y cantidad de medida), Cas. 35 (masa bruta), Cas. 38 (masa neta), Cas. 41 (unidades suplementarias), Cas. 31 (bultos: tipo de bultos, cantidad…).
Una vez complementado, el nuevo tipo de procedimiento de la declaración será “X”, declaración complementaria de una simplificada.
Se publica la versión 1.1 de la Guía técnica de servicios web de importación, en la que se informan los siguientes cambios:
Últimas estadísticas publicadas de Comercio Exterior, correspondientes al mes de abril de 2017.
El artículo 167 apartado 3 a) del CAU prevé que la Autoridad Aduanera puede dispensar de la exigencia de declaración complementaria de una declaración simplificada cuando se refiera a mercancía cuyo valor y cantidad no supere el umbral estadístico. Esta dispensa venía aplicándose automáticamente en las declaraciones presentadas de acuerdo con el apartado 2.4 de la Resolución del DUA en las que se estaba declarando el valor en aduana. En los datos del Anexo B de la normativa de desarrollo del CAU no está previsto la declaración del valor en aduana en estos supuestos por lo que no es posible determinarse de forma automática. Esto exige que sea necesario complementar en todos los casos de declaración simplificada de importación.
Este cambio tendrá efecto en el sistema informático de importación de la AEAT el próximo 12 de junio de 2017. A partir de esta fecha, será necesario complementar en todos los casos las declaraciones simplificadas de importación presentadas.
Últimas estadísticas publicadas de Comercio Exterior, correspondientes al mes de marzo de 2017.
Últimas estadísticas publicadas de Comercio Exterior, correspondientes al mes de febrero de 2017.
Se publica la versión V1.0 de la guia "Guía de Servicios Web de Importación V1.0" que hace definitiva las versiones V0.x.
Desde el día 18/04/2017 se podrá utilizar en producción.
Últimas estadísticas publicadas de Comercio Exterior, correspondientes al mes de enero de 2017.
En esta nueva versión 6.4 se explica las modificaciones que se pueden realizar sobre un pD, pD+, preDsi y dúa dada una operación (alta, modificación, anulación ) y la vía inicial de grabación del dúa XML, Edifact.
En esta nueva versión 0.4 se explica las modificaciones que se pueden realizar sobre un pD, pD+, preDsi y dúa dada una operación (alta, modificación, anulación ) y la vía inicial de grabación del dúa XML, Edifact.
También corrección de erratas (con publicación de nuevos esquemas) y ampliación de información.
Últimas estadísticas publicadas de Comercio Exterior, correspondientes al mes de diciembre de 2016.
La novedades comprenden: Recordatorio de versiones para DUA de importación y recordatorio sobre la utilizacion de garantias.
Se ha diseñado un modelo normalizado para aportar los datos correspondientes a reclamaciones por responsabilidad patrimonial del Estado Legislador relativas al IVMDH. Este modelo se podrá utilizar de forma voluntaria respecto de las reclamaciones por responsabilidad patrimonial ya presentadas en plazo y cuya denegación por el Ministerio de Hacienda y Función Pública no haya adquirido firmeza (Reclamaciones pendientes en vía Contencioso-Administrativa y reclamaciones no resueltas en vía administrativa).
Este modelo normalizado está disponible para su presentación a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Se encuentra disponible folleto informativo con las exenciones de derechos y de impuestos para los viajeros procedentes del Principado de Andorra
Aclaraciones y novedades en la declaración del DUA de importación
Últimas estadísticas publicadas de Comercio Exterior, correspondientes al mes de noviembre de 2016.
En la Sede electrónica de la Agencia Tributaria está disponible un nuevo procedimiento que permite gestionar altas y modificaciones del número REX.
Se modifica lala Resolución de 11 de julio de 2014, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la AEAT, en la que se recogen las instrucciones para la formalización del documento único administrativo (DUA).