Gastos de formación del personal.
Contribuciones satisfechas por el empresario como promotor de un Plan de Pensiones del que resulten partícipes sus empleados, o dotaciones a sistemas alternativos para la cobertura de contingencias análogas a las de dichos Planes, siempre que sean deducibles fiscalmente.
Indemnizaciones satisfechas al personal de la empresa para resarcirle de un daño o perjuicio.
Seguros de accidente del personal.
Cualquier otro gasto relacionado con el personal de la empresa que no sea considerado como pura liberalidad