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Álava

Teléfono de información: 945 18 15 55

Página web: www.alava.net

La normativa a la que esté sujeta la empresa con respecto al Impuesto de Sociedades determina la forma de presentación. Las entidades sujetas a normativa alavesa pueden presentar sus declaraciones según los siguientes modelos:

  • MODELO 200 de declaración-liquidación del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el Territorio Histórico de Álava, para los periodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2008.
    1. Las entidades que tributen conforme a normativa alavesa confeccionarán su autoliquidación correspondiente al modelo 200 mediante el programa de ayuda desarrollado por el Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos y la presentarán obligatoriamente por vía telemática a través del portal “diputaciondigital”.
    2. Las autoliquidaciones modelo 200 se remitirán obligatoriamente vía telemática a esta Hacienda Foral a través del portal “diputaciondigital” cualquiera que sea su resultado: positivo, nulo o con derecho a devolución.

      Las entidades de cuya declaración modelo 200 derive una cuota a ingresar, deberán realizar el pago mediante una de las siguientes modalidades:

      • Pago por domiciliación bancaria, en cuyo caso la entidad financiera seleccionada deberá tener la condición de Entidad Colaboradora según lo dispuesto en el Decreto Foral 26/1996, de 27 de febrero.
      • Pago mediante el sistema de pasarela de pagos, en cuyo caso la entidad financiera seleccionada deberá estar adherida al portal “diputaciondigital” a estos efectos.
    3. Las entidades que tributen conforme a normativa distinta de la alavesa confeccionarán su autoliquidación utilizando los medios informáticos desarrollados por su Administración Tributaria correspondiente, transmitiendo los ficheros así obtenidos a través del portal “diputaciondigital”.
  • MODELO 220 de declaración-liquidación del Impuesto sobre Sociedades correspondiente a sociedades dominantes o entidades cabeza de grupo en régimen de consolidación fiscal, para los periodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2008.

Deberán realizar y presentar la declaración del Impuesto sobre Sociedades en el modelo 220 las sociedades dominantes, incluidas las entidades cabeza de grupo de sociedades cooperativas, de aquellos grupos fiscales que tributen en el régimen de consolidación fiscal, de los cuales formen parte, exclusivamente, entidades a las que les sea de aplicación la normativa del Impuesto sobre Sociedades de cualquiera de los Territorios Históricos y siempre que a dichas sociedades dominantes les sea de aplicación la normativa del Territorio Histórico de Álava.

La presentación del modelo 220 únicamente podrá efectuarse utilizando el modelo de impreso oficial obtenido a través de la página web de Diputación Foral de Álava www.alava.net., debiendo ir acompañado de la correspondiente etiqueta identificativa obligatoria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto Foral 99/1996, del Consejo de Diputados, de 19 de noviembre.

En todo caso, sea cual sea el resultado de la declaración, la entidad dominante deberá cumplimentar y remitir telemáticamente el “Documento de ingreso o devolución modelo 220” que, a tal efecto, se encontrará a su disposición en la página web de Diputación Foral de Álava www.alava.net. Una vez cumplimentado y remitido telemáticamente este documento, se obtendrá un acuse de recibo justificativo de su remisión. Dicho acuse de recibo se adjuntará al impreso oficial de declaración modelo 220 que deberá presentarse en plazo.

Las sociedades dominantes de los grupos fiscales que tributen en régimen de consolidación fiscal sujetos a normativa distinta a la del Territorio Histórico de Álava deberán utilizar el modelo de impreso 220 aprobado por su respectiva normativa.

En todo caso, sea cual sea el resultado de la declaración, la entidad dominante deberá cumplimentar y remitir telemáticamente el “Documento de ingreso o devolución modelo 220” que, a tal efecto, se encontrará a su disposición en la página web de Diputación Foral de Álava www.alava.net. Una vez cumplimentado y remitido telemáticamente este documento, se obtendrá un acuse de recibo justificativo de su remisión. Dicho acuse de recibo se adjuntará al impreso oficial de declaración modelo 220 que deberá presentarse en plazo.

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