Teléfono de información: 945 18 15 55
Página web: www.alava.net
La normativa a la que esté sujeta la empresa con respecto al Impuesto de Sociedades determina la forma de presentación. Las entidades sujetas a normativa alavesa pueden presentar sus declaraciones según los siguientes modelos:
Las entidades de cuya declaración modelo 200 derive una cuota a ingresar, deberán realizar el pago mediante una de las siguientes modalidades:
Deberán realizar y presentar la declaración del Impuesto sobre Sociedades en el modelo 220 las sociedades dominantes, incluidas las entidades cabeza de grupo de sociedades cooperativas, de aquellos grupos fiscales que tributen en el régimen de consolidación fiscal, de los cuales formen parte, exclusivamente, entidades a las que les sea de aplicación la normativa del Impuesto sobre Sociedades de cualquiera de los Territorios Históricos y siempre que a dichas sociedades dominantes les sea de aplicación la normativa del Territorio Histórico de Álava.
La presentación del modelo 220 únicamente podrá efectuarse utilizando el modelo de impreso oficial obtenido a través de la página web de Diputación Foral de Álava www.alava.net., debiendo ir acompañado de la correspondiente etiqueta identificativa obligatoria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto Foral 99/1996, del Consejo de Diputados, de 19 de noviembre.
En todo caso, sea cual sea el resultado de la declaración, la entidad dominante deberá cumplimentar y remitir telemáticamente el “Documento de ingreso o devolución modelo 220” que, a tal efecto, se encontrará a su disposición en la página web de Diputación Foral de Álava www.alava.net. Una vez cumplimentado y remitido telemáticamente este documento, se obtendrá un acuse de recibo justificativo de su remisión. Dicho acuse de recibo se adjuntará al impreso oficial de declaración modelo 220 que deberá presentarse en plazo.
Las sociedades dominantes de los grupos fiscales que tributen en régimen de consolidación fiscal sujetos a normativa distinta a la del Territorio Histórico de Álava deberán utilizar el modelo de impreso 220 aprobado por su respectiva normativa.
En todo caso, sea cual sea el resultado de la declaración, la entidad dominante deberá cumplimentar y remitir telemáticamente el “Documento de ingreso o devolución modelo 220” que, a tal efecto, se encontrará a su disposición en la página web de Diputación Foral de Álava www.alava.net. Una vez cumplimentado y remitido telemáticamente este documento, se obtendrá un acuse de recibo justificativo de su remisión. Dicho acuse de recibo se adjuntará al impreso oficial de declaración modelo 220 que deberá presentarse en plazo.