Nuevo tratamiento de las declaraciones complementarias y sustitutivas
Se distinguen las declaraciones complementarias por modificación o anulación de datos de las declaraciones complementarias por inclusión de nuevos datos omitidos completamente.
- Para las presentaciones en papel impreso, se distinguen las declaraciones complementarias por modificación o anulación de datos, de las declaraciones complementarias por inclusión de nuevos datos omitidos completamente. Para las primeras se incluye una nueva hoja ad hoc de declaración complementaria por modificación o anulación. Para las segundas (inclusión de perceptores omitidos completamente) se utilizan las hojas normales en papel impreso de una nueva declaración.
- Para la presentación electrónica (telemática) de declaraciones no hay variación al respecto (a través del Servicio de consulta y modificación de declaraciones informativas de la Oficina Virtual de la Agencia Tributaria).