A quién se aplica el régimen de estimación directa simplificada
Es de aplicación el régimen de estimación directa simplificada a los empresarios y profesionales cuando concurran las siguientes circunstancias:
Cálculo del rendimiento neto
El rendimiento neto se calculará conforme las normas del Impuesto sobre Sociedades (ingresos menos gastos) y siguiendo el esquema expuesto en el apartado de estimación directa normal, con las siguientes particularidades:
Obligaciones contables y registrales
Actividades empresariales: deben llevarse libros registro de ventas e ingresos, de compras y gastos y el de bienes de inversión.
Actividades profesionales: además de los libros mencionados en el apartado anterior, se llevará el libro registro de provisión de fondos y suplidos.
Pagos fraccionados
Los contribuyentes en estimación directa simplificada, en cualquiera de sus modalidades, deberán realizar cuatro pagos trimestrales en el modelo 130 a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en los plazos siguientes: los tres primeros trimestres, entre el 1 y el 20 de los meses de abril, julio y octubre, y el cuarto trimestre entre el 1 y el 30 del mes de enero del año siguiente.[3]
El importe de cada uno de los pagos fraccionados se calculará como se expone a continuación[4]:
Los contribuyentes que desarrollen actividades agrícolas, ganaderas, forestales y los profesionales, no están obligados a efectuar pagos fraccionados si en el año natural anterior al menos el 70 por 100 de los ingresos de su explotación o actividad, excluidas indemnizaciones y subvenciones (excepto para las actividades profesionales) fueron objeto de retención o ingreso a cuenta.[5]
Tabla de amortización simplificada
|
Grupo |
Elementos patrimoniales |
Coeficiente lineal máximo (%) |
Período Máximo (Años) |
|
1 |
Edificios y otras construcciones |
3 |
68 |
|
2 |
Instalaciones, mobiliario, enseres y resto del inmovilizado material |
10 |
20 |
|
3 |
Maquinaria |
12 |
18 |
|
4 |
Elementos de Transporte |
16 |
14 |
|
5 |
Equipos para tratamiento de la información y sistemas y programas informáticos |
26 |
10 |
|
6 |
Útiles y herramientas |
30 |
8 |
|
7 |
Ganado vacuno, porcino, ovino y caprino |
16 |
14 |
|
8 |
Ganado equino y frutales no cítricos |
8 |
25 |
|
9 |
Frutales cítricos y viñedos |
4 |
50 |
|
10 |
Olivar |
2 |
100 |
[1] Cuando en el año inmediato anterior se hubiese iniciado la actividad, el importe neto de la cifra de negocios se elevará al año.