La Resolución de 3 de junio de 2005 de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se regulan Registros Telemáticos establece en su anexo I procedimientos, trámites y comunicaciones en los que cabe presentación de documentos electrónicos en el Registro Telemático General.
El apartado noveno de la misma resolución delega en el Director del Departamento de Organización, Planificación y Relaciones Institucionales la competencia para incluir nuevos procedimientos, trámites y comunicaciones en los que cabe presentación de documentos electrónicos en el citado Registro.
En aplicación de lo expuesto, y en el marco definido por la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y de conformidad con lo establecido en la Orden EHA/3352/2007, de 19 de noviembre que aprueba el modelo 140, de solicitud del abono anticipado de las deducciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por maternidad y por nacimiento o adopción, y el modelo 141, de solicitud del pago único por nacimiento o adopción de hijo, determina el lugar, forma y plazo de presentación de los mismos y modifica la Orden de 27 de diciembre de 1991, que dicta instrucciones acerca del régimen económico financiero de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, dispongo:
Primero. Se aprueba la admisión de nuevos trámites, procedimientos o comunicaciones en los que cabe presentación de documentos electrónicos en el Registro Telemático General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, regulado en la Resolución del Presidente de la Agencia Tributaria de 3 de junio de 2005.
En concreto, podrá realizarse a través del Registro Telemático General la aportación, en los términos previstos en la Orden EHA/3352/2007 anteriormente citada, de documentación relacionada con la solicitud del abono anticipado de la deducción por nacimiento o adopción de hijos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y con la solicitud de la prestación económica de pago único de la Seguridad Social por nacimiento o adopción de hijos.
Segundo. La presentación de dicha documentación se realizará de acuerdo con lo previsto en la Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 23 de agosto de 2005 por la que se regula la presentación telemática de determinados documentos electrónicos en el Registro Telemático General.
Tercero. La presente Resolución deberá publicarse en la página web de la Agencia Tributaria en Internet en la dirección electrónica www.agenciatributaria.es
Madrid, 21 diciembre de 2007
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIÓN,
PLANIFICACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES,
Fernando Díaz Yubero
SRES. DIRECTORES DE LOS DEPARTAMENTOS, DEL SERVICIO DE AUDITORIA INTERNA, DEL SERVICIO JURÍDICO, DEL GABINETE DEL DIRECTOR GENERAL, DELEGADA CENTRAL DE GRANDES CONTRIBUYENTES Y DELEGADOS ESPECIALES DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA