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1.Deducción por adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual 2.Deducción por adecuación de la vivienda habitual de discapacitados
Como regla general, los contribuyentes discapacitados aplicarán la deducción según las normas y porcentajes establecidos con carácter general. Esta deducción tiene un tramo estatal y un tramo autonómico. Este último puede ser modificado al alza o a la baja, dentro de determinados límites, por las Comunidades Autónomas. Para aquellos contribuyentes que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 65% por 100, la Comunidad Autónoma de Cataluña ha aprobado los siguientes porcentajes para el tramo autonómico de la deducción, siendo superiores a los establecidos con carácter general: - Si no existe financiación ajena, el 6,45 por 100 de las cantidades invertidas.
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