Determinación de la base liquidable. Reducción por mínimo exento

  • En el supuesto de sujetos pasivos por obligación personal de contribuir residentes en alguna Comunidad Autónoma:

    La base imponible se reducirá en el mínimo exento que haya sido aprobado por la Comunidad Autónoma  y en su defecto en  700.000 euros.

    En el caso de sujetos pasivos no residentes que tributen por obligación personal,  y para los sujetos pasivos sometidos a obligación real de contribuir, se aplicará una reducción de 700.000 euros.

     
  • Cuadro por CC.AA. Documento PDF  (140 KB)